Organismo de Control Técnico (control técnico de la edificación)
Cuando la Ley 35/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE) entró en vigor en marzo de 2000, estableció la obligatoriedad de contratación de un seguro para el promotor de viviendas destinadas a la venta: un seguro de daños materiales como garantía para los compradores del cumplimiento de las condiciones de habitabilidad durante 3 años o de aquellas que afectan a la seguridad estructural por un plazo de diez.
El Organismo de Control Técnico (OCT) cumple la función de controlar la calidad del proceso constructivo con su actuación preventiva y seguimiento. Su misión consiste, fundamentalmente, en la revisión del proyecto constructivo y en el control del proceso de ejecución de la obra. Sus informes sirven al Asegurador como base para la adquisición del compromiso de cobertura para los diez años siguientes a la recepción de la obra y sirven al promotor como elemento de prevención y mejora de la calidad.
Funciones del OCT
El OCT realiza dos funciones:
- Evaluar los riesgos que presenta la obra proyectada y ejecutada, en lo referente a la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio y las demás garantías del contrato (estanqueidad de terrazas y fachadas; impermeabilización de sótanos; etc).
- Realizar la labor de prevención de los riesgos antes aludidos planificando, supervisando y ejecutando visitas de inspección con procedimientos geológicos, geofísicos, geotécnicos y combinados.
El OCT realiza las siguientes actividades respecto a la estabilidad y solidez de la obra:
- Revisión del informe geotécnico
- Revisión del proyecto
- Supervisión del control de materiales
- Inspecciones de ejecución
- Supervisión y análisis de resultados de la realización de pruebas adicionales.
- Redacción de informes
Los Informes de emisión son los siguientes (aunque alguno de ellos no es necesario según la tipología de la obra):
- Informe D0 Definición de Riesgo
- Informe D0.1 Revisión de Proyecto Estabilidad
- Informe D5.1 Informe de ejecución de la cimentación
- Informe D5.2 Informe de ejecución de la estructura
- Informe D5.3 Informe de ejecución de fachadas y cubiertas
- Informe D6/Anexo D6 Final de Obras
- Informe D0.2 Informe de estanqueidad (cuando procede).
- Informe D2 Informe de sistemas y materiales no tradicionales o innovadores (madera habitualmente).
- Informe D4 preexistentes. Obra nueva con construcciones existentes
- Informe D7 Informe de obras empezadas o incidencias.
- Informe D 1.1 Informe de unidades de obra especiales (arcillas expansivas, pendiente, pilotes-pantalla).
Octplus es su organismo de control técnico (OCT) especializado en todo tipo de obras (obra nueva, rehabilitaciones, obras con agravantes) y con un amplio catálogo de servicios adicionales (gestión documental, legalización de obras, peritación de daños estructurales, certificación de eficiencia energética, etc.)